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E/CN.4/Sub.2/1990/19 paging 1 INTRODUCCION 1. En su resolucion 1989/20, la Subcomision de Prevencion de Discriminaciones y Proteccion a las Minorias acogio con satisfaccion el informe preliminar titulado "Realizacion de los Derechos Economicos, Sociales y Culturales" (E/CN.4/Sub.2/1989/19) y apoyo las conclusiones preliminares formuladas por el Relator Especial en ese informe preliminar (parr. 94). 2. El Relator Especial establecio contactos con el Comite de Derechos Economicos, Sociales y Culturales y examino con sus miembros, durante el cuarto periodo de sesiones del Comite, las cuestiones analizadas en el informe preliminar. 3. En su resolucion 1990/17, la Comision de Derechos Humanos, acogio con beneplicito el dialogo entre el Comite y el Relator Especial. Ademis, acogio favorablemente el informe preliminar sobre la realizacion de los derechos economicos, sociales y culturales, invito al Relator Especial a que tuviera en cuenta las observaciones formuladas en la Comision de Derechos Humanos y pidio que en el informe se asignara prioridad a la identificacion de las estrategias practicas destinadas a promover para todos los derechos economicos, sociales y culturales contenidos en el Pacto, prestando especial atencion a los grupos mis vulnerables y desfavorecidos. En su resolucion 1990/24, la Comision agradecio el informe preliminar; invito a la Subcomision a que sometiera el segundo informe de su Relator Especial a la Comision en su 47° periodo de sesiones, e invito a los gobiernos que asi lo desearan a que proporcionaran al Relator Especial sus comentarios y la informacion que estuviera a su disposicion acerca de su experiencia sobre el impacto en el goce de los derechos economicos, sociales y culturales de las politicas de ajuste economico originadas por la deuda externa. 4. El Relator Especial ha preparado el presente informe sobre la marcha de los trabajos tomando como base el informe preliminar y teniendo en cuenta los comentarios formulados por los miembros de la Subcomision en su 41° periodo de sesiones, asi como por los miembros del Comite de Derechos Economicos, Sociales y Culturales y de la Comision de Derechos Humanos. 5. Por lo tanto, la labor del Relator Especial asi emprendida se refiere a todas las principales esferas senaladas en el informe preliminar. El presente informe sobre la marcha de los trabajos contiene informacion sobre las esferas en que los resultados obtenidos hasta ahora pueden elaborarse en esta forma y requieren los comentarios de los miembros de la Subcomision y de otros organos interesados de las Naciones Unidas. Por lo tanto, el presente informe sobre la marcha de los trabajos contiene tres capitulos y recomendaciones preliminares acerca de la labor futura. En el capitulo I se ofrece informacion sobre los indicadores sociales y economicos y su funcion en la realizacion de los derechos economicos, sociales y culturales; el capitulo II esta dedicado al establecimiento de nuevas normas en la esfera de los derechos economicos, sociales y culturales, y en el capitulo III se examina el problema de la extrema pobreza. 6. El Relator Especial tambien comenzo el analisis de otras esferas identificadas en el informe preliminar. Asi, se preparo una bibliografia de los textos principales relativos a la realizacion de los derechos economicos, sociales y culturales en el contexto del ajuste estructural, que se halla a disposicion de los miembros de la Subcomision para que la consulten y formulen comentarios. El Relator Especial inicio las tareas necesarias para establecer contactos directos con instituciones financieras internacionales, especialmente el Banco Mundial. Los documentos que hasta ahora se han puesto a disposicion del Relator Especial sugieren que existen diversas esferas de actividad del Banco Mundial, incluidas las relativas a las cuestiones de la pobreza, la participacion popular y la funcion de las organizaciones no gubernamentales, en que se plantean cuestiones concernientes a la realizacion de los derechos economicos, sociales y culturales, y respecto de las cuales pareceria util continuar el analisis y las consultas con ese Banco. No obstante, como los contactos directos con el Banco Mundial y con otras instituciones que realizan actividades en esta esfera no se habian establecido antes de la preparacion del presente informe sobre la marcha de los trabajos, el examen de esas cuestiones se realizara en una etapa posterior y se presentara a la Subcomision en su proximo periodo de sesiones. Lo mismo cabe decir acerca de las cuestiones de coordinacion de los organos y organismos de las Naciones Unidas que se ocupan de la realizacion de los derechos economicos, sociales y culturales. 7. Dada la complejidad y diversidad de las cuestiones que se deben examinar en el marco del estudio sobre la realizacion de los derechos economicos, sociales y culturales, parece necesario que se prepare un segundo informe sobre la marcha de los trabajos para que sea examinado por la Subcomision. En el presente informe se incluye, entre otras, una recomendacion a este respecto.

I. INDICADORES SOCIALES Y ECONOMICOS Y FUNCION QUE PUEDEN DESEMPENAR EN LA REALIZACION DE LOS DERECHOS ECONOMICOS, SOCIALES Y CULTURALES

Introduccion 1. En el informe preliminar sobre la realizacion de los derechos economicos, sociales y culturales se menciono la posible utilizacion de indicadores economicos y sociales para evaluar la realizacion de estos derechos (E/CN.4/Sub.2/1989/19, parr. 92 b)). En opinion del Relator Especial, estos indicadores pueden y deben desempenar una funcion en diversos organos que se ocupan de los derechos humanos. 2. No es ni posible ni necesariamente deseable efectuar un estudio a fondo del use de los indicadores en todo el sistema de las Naciones Unidas, especialmente en esta etapa del analisis. El tema, extremadamente amplio, de los indicadores ha sido objeto de mucha atencion en otros sectores, aunque por lo general se ha tratado de sectores distintos del de los derechos humanos. Muchos de los indicadores que en la actualidad se recogen, analizan y algunas veces se utilizan, son sin duda alguna de escaso interes para el tema que nos ocupa. Por esta razon, al examinar si los indicadores son adecuados para las finalidades del presente estudio se aplicara un criterio relacionado concretamente con los derechos humanos. Se estudiarA en que forma han utilizado los indicadores organismos especializados tales como la Organizacion Internacional del Trabajo (OIT), la Organizacion de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentacion (FAO), la Organizacion de las Naciones Unidas para la Educacion, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), la Organizacion Mundial

(...) III. LA CUESTION DE LA EXTREMA POBREZA

139. En las partes precedentes del presente informe sobre la marcha de los trabajos hemos examinado las cuestiones relativas a la evaluacion de los progresos reales en la realizacion de los derechos economicos, sociales y culturales. Hemos visto que, en este contexto, los indicadores sociales y economicos pueden ser utiles, especialmente como ayuda para evaluar los aspectos materiales de la realizacion de estos derechos en un determinado periodo de tiempo. Hemos visto tambien que, en el contexto del problema de -las violaciones de los derechos economicos, sociales y culturales, la cuestion de la utilidad de los indicadores es mas dificil y exige un examen mas detenido. Parece necesaria una ulterior elaboracion de normal internacionales mas precisas relativas a los derechos economicos, sociales y culturales, particularmente en la esfera de los derechos sociales. La experiencia de la OIT en materia de establecimiento de normas es de particular importancia a este respecto. Hay que admitir que el desarrollo de una metodologia apropiada en la esfera de los indicadores y el establecimiento de nuevas normas son dos aspectos de un trabajo a los que habri que dedicar igual atencion en las futuras actividades en materia de la realizacion de los derechos economicos, sociales y culturales. 140. Una tarea adicional en este marco es la de una mejor comprension del problema de la extrema pobreza y una posible accion a este respecto. En nuestro informe preliminar (parrs. 38 a 51) se mencionaban algunos de los problemas bisicos. El Relator Especial sigue creyendo que el problema de la extrema pobreza no debe considerarse solo un fenomeno social que precisa mas estudio y anAlisis, sino tambien un problema que exige el firme compromiso moral y politico de erradicar la pobreza. Las normas de derechos humanos suministran una base normativa para este compromiso y, por supuesto, se podria decir que la libertad humana exige este compromiso. Como consta en el parrafo 46 del informe preliminar las palabras "pobreza" y "pobre" no deben entenderse en el sentido de pasividad por parte de los pobres. Los pobres deben considerarse los sujetos y participes del cambio, y no los "objetos" de actividades de lucha contra la pobreza. 141. Por estas razones, en el proceso de preparacion del presente informe sobre la marcha de los trabajos el Relator Especial ha celebrado extensas consultas con el Movimiento Internacional ATD Cuarto Mundo, la organizaci6n que ha adquirido experiencia importante en actividades de lucha contra la pobreza basadas en la participacion activa de los pobres. Los siguientes pirrafos del presente informe sobre la marcha de los trabajos son el resultado de estas consultas y la contribucion de ATD Cuarto Mundo a dicho informe. A. Introduccion 142. Para iniciar las reflexiones sobre las cuestiones de la extrema pobreza se impone volver a la nocion de dignidad humana. En efecto, el debate sobre la indivisibilidad de los derechos humanos se refiere a la indivisibilidad de la persona humana y de su dignidad; los recientes debates sobre los derechos humanos y el derecho al desarrollo han recordado que la persona y la dignidad humanas deben estar en el centro de todos los esfuerzos de desarrollo _l/. E/CN.4/Sub.2/1990/19 pagina 55 143. La experiencia de vida de las personas que se encuentran en situaciones de extrema pobreza es importante para comprender la nocion de la dignidad humana. 144. Para la persona que no puede mostrar ningun signo externo que afirme su dignidad, para la que no puede disfrazar su dependencia de los demas bajo ninguna apariencia de caracter social, economico, cultural..., para la persona que no tiene mas que su humanidad y la de los suyos para presentar al mundo, la afirmacion de la dignidad se resume en la pregunta: "ZQuien soy yo para ti?". 145. Para que esta persona pueda convencerse de que tiene dignidad, le hace falta la presencia de otro. Para que la afirmacion de dignidad pueda estar presente en la comunidad humana, es indispensable que cada sujeto de dignidad tenga otro que se la confirme, es decir, que se la revele. Para que la dignidad humana pueda cumplir su funcion de fuente de derechos, no basta con que cada persona tenga el profundo sentimiento de estar dotado de dignidad, de "no ser un perro"; hace falta ademas que este sentimiento sea confirmado por otra persona. 146. !Quien soy yo para ti?: la indiferencia ante esta pregunta de los mas pobres de la tierra asfixia el germen de los derechos humanos, e impide que fluya esa fuente de derechos humanos que es la dignidad humana. Para la realizacion reciprocidad dos consecuencias. a) del conjunto de los derechos humanos, creemos que esta en el reconocimiento de la dignidad humana tiene sobre todo La dignidad humana es "indomable": el hecho de que la dignidad humana se nutra en la esencia de la condicion humana hace dificil su codificacion. Se diria que, por definicion, no puede reducirse a normas. La dignidad humana se adelanta a los derechos humanos, ya b) que estos se han definido, limitado, encerrado en los textos que reglamentan las relaciones entre los hombres. Por consiguiente, la promocion de los derechos humanos solo sera una realidad en la comunidad internacional cuando la conciencia y el ejercicio de los derechos humanos se alimenten en la determinacion constantemente renovada de las exigencias que impone la dignidad, en la medida en que evoluciona el entorno humano. En el marco de esta evolucion, la experiencia de las personas mas debiles, su pregunta "ZQuien soy yo para ti?", podria ser la experiencia rectora de los esfuerzos de renovacion. La dignidad humana exige fraternidad: quienes reflexionaron sobre 147. Sin los derechos humanos al elaborar la Declaracion Universal de Derechos Humanos comprendieron bien que la dignidad humana no podria realizarse sin el espiritu de fraternidad: las nociones de "familia humana", y del deber de "comportarse fraternalmente los unos con los otros" son inherentes al pensamiento sobre los derechos humanos. embargo, cabe preguntarse si la comunidad internacional, al igual que las comunidades nacionales, han sabido sacar las correspondientes consecuencias y si los derechos humanos se han realizado siempre a la luz de esta pregunta hecha por los mas pobres: "iQuien soy yo para ti?" Reflejan siempre una ambicion fraternal nuestros instrumentos de proteccion de derechos economicos, sociales y culturales en especial, pero tambien los de derechos civiles y politicos?

148. En la perspectiva de la realizacion de los derechos fundamentales, seria mas pertinente formular la pregunta "LQuien soy yo para ti?" de la forma siguiente: Estas dispuesto a poner en practica esta fraternidad?, Lmis esperanzas son tus esperanzas? 149. El padre Wresinski y el Movimiento ATD Cuarto Mundo han sostenido con insistencia ante la comunidad internacional que la realizacion fragmentada de los derechos humanos (que hay que distinguir de la realizacion por etapas) es una traicion al espiritu de los derechos humanos. Este exige, en efecto, que todo derecho acordado exprese una ambicion de desarrollo de toda la persona y sea el punto de partida del conjunto de derechos que corresponden al todo indivisible que es la persona humana. B. Permitir que las personas v arupos que viven en condiciones de extrema pobreza se beneficien de su conocimiento del empobrecimiento y de la pobreza: un acto democratico fundamental 150. La Comision de Derechos Humanos, al aprobar en sus periodo de sesiones 45° y 46° las resoluciones "los derechos humanos y la extrema pobreza" 2/, insiste en la necesidad de un mejor conocimiento del fenomeno de la extrema pobreza, asi como 'e sus causas. Quisieramos en esta primera parte exponer algunas reflexiones sobre el tipo de conocimientos que permite abordar estas cuestiones. 151. En el curso de los debates sobre la necesidad de un mejor conocimiento de la extrema pobreza, se han determinado numerosos obstaculos: la heterogeneidad de las poblaciones muy pobres, la falta de datos estadisticos y la incertidumbre en cuanto a los mejores metodos de conocimiento, la complejidad de las causas del empobrecimiento. En la presente contribucion se trata menos de responder a estas preguntas o de examinar los instrumentos y conocimientos 3/, que de precisar el espiritu con el que ha de lle arse a cabo el esfuerzo de conocimiento. 152. La dignidad de la persona humana no puede alcanzar su plenitud si no la revela o la confirma otra persona. El esfuerzo de conocimiento de la extrema pobreza nace de la misma relacion con el otro, de la fraternidad. Expresa una voluntad de saber, un rechazo a la indiferencia por parte de los que no son pobres. Conviene pues intentar comprender el analisis mismo de los que sufren la extrema pobreza y crear las condiciones para que puedan expresarse libremente. 153. Este proceso de conocimiento, confrontacion dinamica que surge del rechazo a la indiferencia, manifiesta la doble voluntad de los que no son pobres y de los que lo son de luchar juntos contra la extrema pobreza. 154. Por consiguiente, la eficacia del conocimiento de la extrema pobreza depende menos de la precision de los instrumentos tecnicos utilizados (estadisticos, informes de peritos...) que del establecimiento de un acuerdo (por conocimiento compartido) sobre los fines por alcanzar y los medios que se ha de emplear en la lucha contra la extrema pobreza. 155. La elaboracion de un conocimiento, entendido asi como un proceso dinamico entre los que no son pobres y los pobres, aparecera en adelante como un proceso fundador de democracia. En la realizacion de la dignidad humana, el conocimiento sigue al reconocimiento. C. "Donde los hombres esten condenados a vivir en la miseria se violan los derechos humanos" - Por Que y como? 1. Los muy pobres. defensores de los derechos humanos

156. La forma en que las personas en situation de extrema pobreza hablan de su condition pone en evidencia la violation de los derechos humanos que representa la miseria. Mencionan experiencias comparables a las senaladas por otras victimas de violaciones de los derechos humanos: "Cuando camino por la calle siempre miro detras de mi"; "tenia la impresion de que me estaban observando"; "me convencieron de que era mejor que abandonara a mi hijo. Enseguida cambie de opinion, pero ya no pudo imponerme, las presiones eran demasiado fuertes". "Vinieron a buscarme para internarme en un hospital psiquiatrico". 157. Una y otra vez los muy pobres tienen que oir: "Eres un incapaz, un parasito, una nulidad para la comunidad a la que perteneces". Estas palabras repetidas sin cesar acaban por sembrar en ellos la duda y por quebrar sus fuerzas. 158. Esta experiencia comun entre las victimas de las violaciones de los derechos humanos y los hombres y las mujeres que viven en condiciones de extrema pobreza deberia ayudarnos a comprender que los mas pobres, que sufren la extrema dependencia y la debilidad, se las arreglan para resistir a la destruccion de su dignidad, para ser defensores de los derechos humanos, en el lugar donde viven y con sus propios medios. 159. Todos los hombres que han sufrido atentados contra su dignidad han sufrido los efectos de la tentacion del poder del hombre sobre su hermano, y han conocido las barreras que levantan nuestras comunidades a la fraternidad. Mas ally de estas barreras, reclusion de todo tipo para unos, abandono fuera del tiempo y fuera del espacio para otros: dos facetas de la misma denegacion de la fraternidad y de la dignidad. 160. ZQuiere esto decir que pueden descubrirse violaciones de los derechos humanos en el engranaje de la miseria? 2. Engranaje de la miseria v derechos humanos 161. Tengamos presente la lucha diaria que Ilevan a cabo los extremadarnente pobres. La miseria no es un estado estatico, ester hecha de la acumulacion cotidiana de privaciones, dependencia, resistencia a la destruccion y a la autodestruccion. 162. Para mostrar la necesidad de estudiar mas cuidadosamente este engranaje a la luz de los derechos humanos, puede ser util ahora intentar comprender lo que el padre Wresinski llamaba la "violencia hecha a los pobres", la "tortura de la miseria", y despues la "violacion de los derechos humanos". 163. Para el padre Wresinski se trataba de la tortura de las preocupaciones cotidianas para lograr acomodarse a los que tienen poder sobre nosotros; la tortura de un ambiente de miseria que rompe toda armonia familiar; la tortura del silencio que obliga a los pobres a que su espiritu de vueltas sobre si mismo y se autodestruya; la tortura del desprecio. 164. La miseria es una violencia hecha a los mas pobres en su cuerpo cuando, teniendo como unico capital la fuerza fisica de los ninos, los jovenes, las mujeres y los hombres pobres, estan obligados a vivir de ello desde su mas tierna edad (trabajo de los ninos, prostitucion) y ademas, utilizar esta fuerza, agotarla hasta mas ally de sus propias fuerzas (condiciones de trabajo y de ociosidad forzada de los hombres y de las mujeres mas pobres) para producir los medios necesarios para albergarse, alimentarse, mantener a su familia. 165. Se puede incluir esta violencia a la que se ven sometidos los pobres, en las violaciones de los derechos fundamentales justiciables? Habria que diferenciar la respuesta. 166. El camino al fondo de la miseria ester pavimentado de violaciones de derechos humanos reconocidos y protegidos por instrumentos internacionales y nacionales. Este camino que desciende se llama entonces discriminacion en el ejercicio de los derechos humanos en relacion con personas en situacion de inferioridad, economica sobre todo; o aun no acceso a los medios de control de la aplicacion de los derechos fundamentales garantizados. 167. Habria que describir el empobrecimiento, es decir, el camino que va de la pobreza relativa a la miseria y por lo tanto a depender en ultimo extremo de la buena voluntad de otras personas en el plano economico, social, politico y cultural, como una serie de discriminaciones pasivas, discriminaciones-omisione en relacion con los derechos fundamentales reconocidos y la imposibilidad de obtener justicia. 168. Al final de este camino, sin embargo, la discriminacion se hace mas activa: la persona en situacion de extrema pobreza corre el riesgo de perder derechos, de convertirse en un individuo fuera de la ley. La memoria colectiva de los mas pobres lo sabe muy bien: "no tengo derecho a ello" es su primer reflejo frente a textos como la Declaracion Universal de Derechos Humanos. "Perdido" el derecho a la proteccion de la vida familiar, a la libertad de opinion y de asociacion, a los servicios sociales adecuados... 169. Al final de la discriminacion despreocupada respecto de los que estan en posicion de debilidad, discriminacion ciega, se encuentra la ruptura de la fraternidad, el limite que envuelve las zonas de miseria de este mundo, mas ally de las cuales los hombres se encuentran "en el hoyo, en la trampa" como al margen de la existencia. 170. El proceso de empobrecimiento aparece entonces como una aerie de violaciones de los derechos fundamentales al final de la cual los que viven en la miseria corren mas riesgo todavia de caer bajo el golpe de las "clausulas restrictivas" previstas en nuestros instrumentos internacionales y nacionales, que de ser reconocidos como defensores de los derechos humanos. Es por ello que la respuesta a la pregunta sobre el fundamento de la afirmacion "la miseria una violacion de los derechos humanos" debe ser tan diferenciada. 171. Es cierto que nadie ha querido violar las libertades de la familia. Sin embargo, al no tener domicilio reconocido, M. R. no tiene tarjeta de elector. La policia no ha ido a las cinco de la manana para detenerle. Pero los esposos R. desde hace algunos meses esconden a su hijo mas pequeno porque tienen miedo de que se lo lleven a causa de las condiciones de su vivienda 5/. 172. En "1984" George Orwell describe una sesion de tortura en el curso de la cual se induce a un hombre 'a que no cuente mas que cuatro dedos en su mano que tiene cinco. 173. "Tengo dos hijos "dice en publico una mujer cuyo tercer hijo le fue retirado al nacer. En privado hablara de su tercer embarazo de la siguiente forma: "Intento pensar que nunca ocurrio; el doctor me dijo que llevara luto como si mi nino se hubiera muerto". 174. ZNo se trunca con eso la esencia de un ser humano, la conciencia de su cuerpo y de su espiritu para fundamentar un poder?. Aqui no se trata de un poder politico, sino del poder de quienes juzgan lo que es bueno para los pobres, a menudo sin tener en cuenta su opinion. 175. La miseria es una violacion flagrante de la dignidad humana; sin embargo, results muy poco compressible en los textos. Lo importante en el conocimiento de la extrema pobreza para la protection de los derechos humanos es aprender de los mas- pobres los riesgos de estas violaciones para adelantarse a los textos que son por fuerza insuficientes.


D. 60, de los muv pobres en su defensa de la dignidad humana. pone al alcance de la comunidad entera una renovation de su practica de los derechos humanos

176. Otro elemento importante es aprender como se restablecen los derechos humanos a traves de la experiencia de acciones llevadas a cabo por los mas pobres dentro de su propia comunidad. 177. Para determinar los vinculos entre los derechos humanos y la extrema pobreza es esencial intentar comprender la sucesion de hechos que llevan no solo hacia la perdida de los derechos, sino tambien hacia su restablecimiento. Este conocimiento, en efecto, es igualmente rico en ejemplos para la salvaguardia y la promotion de los derechos humanos.

178. Los derechos humanos, deciamos en la introduction de este documento, no

pueden concebirse mas que vinculados a la notion de fraternidad. La miseria, la exclusion social, la negation de los derechos humanos a una persona o a un grupo significan la ruptura de la fraternidad.

- - 179. En un barrio de viviendas precarias al sur del Sahara, donde se vive de privaciones, se dice de los que ya no tienen relaciones sociales "ellos son los pobres". Son los que viven al margen. Ser "el pobre" es no =ever a nadie como ultimo recurso cuando los riesgos de la vida han acabado con todos los recursos de una persona. 180. La familia R. mencionada anteriormente ./ vive desde hace cuatro anos en los sotanos de una casa en ruinas en las inmediaciones de la capital de un pals industrializado. Para obligarlos a salir de alli se ha clausurado el cementerio donde los R. iban a buscar el agua. Ha sido rechazada su peticion de reubicaci6q--en una ciudad proxima por temor a que no puedan comportarse como buenos vecinos. 181. Habria que comprender que Coda conquista de la libertad basada en el coraje de los muy pobres en su defensa de la dignidad humana y encaminada a restablecer la fraternidad rota, pone al alcance de la comunidad entera unaa renovacion de su practica de los derechos humanos. 182. Para ello convendria inventariar y volver a trazar los caminos que han llevado, por ejemplo, a que, gracias al restablecimiento del ejercicio de las libertades de opinion y de asociacion y luego del derecho al trabajo, a un determinado grupo de mujeres proscritas de sus comunidades, no solo se les haya levantado la "prohibicion" invisible y tacita que pesaba contra ellas, sino tambien que se haya desarrollado una nueva toma de conciencia del respeto necesario al mas debil y a su potencial en la comunidad y en sus diversas asociaciones. 183. Habria que estudiar el camino seguido por los grupos de jovenes de la calle o de la carcel hacia el reconocimiento, por si mismos y por la comunidad que les rodea, de que su vida puede tener un sentido y de que al abandonarles, la comunidad traiciona sus propios valores. 184. La miseria pesa sobre estos jovenes porque tienen la conviccion de haber "manchado" el nombre de sus familias. Lentamente, realizando tambien alli, el derecho a expresarse, a instruirse y a trabajar, se comprueba que son posibles los logros comunes que, para todo el entorno incluidas sus familias, rompen la fatalidad de la miseria sufrida o tolerada. 185. 0 mas aun, habria que estudiar la conquista del derecho a la.educacion y a la instruccion en el mismo corazon de los barrios de tugurios, o en un pequeno grupo familiar totalmente aislado, que acampa en los lugares prohibidos de tal o cual metropoli; habia que redisenar la forma en que el reconocimiento de este derecho a los ninos mas desamparados logra que una comunidad entera abandone su forzada inmovilidad. 186. Para terminar, hay que destacar este dinamismo esencial a la promocion de los derechos humanos que se encuentra escondido en las esperanzas, las experiencias de la vida y los suenos de los hombres, de las mujeres y de los ninos mas desprovistos de la tierra, y subrayar que para que se manifieste este dinamismo son precisos otros hombres que Sean testigos de la dignidad humans. Permitir que las personas y los grupos que viven en la extrema pobreza muestren sus conocimientos es un acto democratico fundamental.

187. Existe la conquista de la conciencia y de las condiciones del ejercicio de los derechos humanos. Existe la creacion de un terreno abonado que permita el ejercicio de los derechos humanos, que en si mismo es ya la realizacion de los derechos humanos. 188. Por ello el esfuerzo por conocer la extrema pobreza debe transcribir el coraje diario de los mss pobres, debe ser un preambulo de todo proyecto de promocion de derechos humanos y de todo proyecto de desarrollo, sea cual fuere el entorno economico, politico y cultural al que corresponda. E. La realizaci; de los derechos humanos y. en particular. de los derechos economicos. sociales y culturales: alaunas cuestiones planteadas desde el punto de vista de las personas que viven en extrema pobreza

189. La realizacion de los derechos humanos no solamente concierne los derechos economicos, sociales y culturales. La experiencia de los ciudadanos mss expuestos a la discriminacion por motivo de su extrema pobreza revela de manera indiscutible el caracter indivisible de los derechos humanos. Por consiguiente, antes de examinar de manera mss particular las cuestiones de la realizacion de los derechos economicos, sociales y culturales, parece indispensable recordar como la situacion de los mss pobres refleja el caracter indivisible e interdependiente de los derechos humanos. 190. Por otro lado, parece igualmente necesario detenerse un poco sobre el concepto de "asociacion", elemento fundamental para la puesta en practica.de los derechos humanos. 1. La indivisibilidad de los derechos humanos desde el punto de vista de las personas cue viven en extrema pobreza 191. Despues de la reflexion sobre la manera en que los derechos se ven violados por la miseria, la cuestion de la indivisibilidad parece casi caer por su peso. Como prueba de ello, la miseria tortura el ser tanto en su cuerpo como en su espiritu, en las condiciones materiales e inmateriales de su existencia. Race de 61 un ser de resistencia pare salvaguardar su dignidad por todos los medios posibles. La defensa de los derechos economicos, sociales y culturales y de los derechos civiles y politicos es solo uno de esos medios. 192. Es importante comprender hasta que punto la dependencia economics, social y cultural hace fracasar la libertad de ciudadano de una persona: no existe la libertad de pensamiento para la persona que debe hacerse-agradable a sus acreedores actuales o potenciales "hay que estar bien con todo el mundo"; y no existe la libertad de expresion o de asociacion para la persona que debe "hacerse muy pequena". La libertad de pensamiento, de eleccion, de opinion, de asociacion... toda libertad desaparece ante el que detiene el poder por encima de la seguridad de la existencia de los muy pobres y de sus familias, tanto si se trata de un empleador, de una comunidad de pueblo o de barrio, de una administracion...

193. Por otra parte, la concesion unicamente de los bienes econ6micos, sociales y culturales (la alfabetizacion, un ingreso minimo, el trabajo, la vivienda...), atribuidos parcamente a los muy pobres, no pueden liberar su espiritu. Una seguridad de existencia "con rebaja", de "segunda clase" como se ha experimentado en varios paises industrializados, no ester hecha ni para liberar el espiritu de las preocupaciones materiales ni para "volver a empezar con la cabeza alta". Con demasiada frecuencia, lo unico que hace es consolidar una condicion de ciudadano con menores derechos, en todos los pianos. Los derechos humanos no pueden reducirse nunca a una lista de reivindicaciones. Los derechos a ser responsable, a poder comprometerse y ser utiles, constituyen la dignidad y, por consiguiente, son derechos humanos: todo pensamiento y realizacion de los derechos humanos que omitiese.introducir a la persona humana con sus posibilidades y responsabilidades de luchar, a su vez, por los demas, podria traicionar la espera de los pobres y privar a los derechos humanos de una dimension fundamental. 194. De esta manera, se han sacado a luz ciertas caracteristicas de la indivisibilidad de los derechos humanos: a) Que los derechos civiles y politicos son letra muerta sin derechos y libertades economicos y sociales; b) Que la concesion de los derechos economicos, sociales y culturales es una traicion de los derechos humanos si, a traves de la seguridad y del saber, no apuntan a dar la libertad; c) Que los derechos humanos se esterilizan a si mismos si no abren la posibilidad de actuar en pro de la dignidad de todos. 2. La asociacion de los ciudadanos mas pobres: condicion fundamental para la salvaauardia v la promocion de los derechos humanos para todos 195. "El mundo seria mejor si hubiese mas comunicacion entre las personas" decia una persona que vivia en extrema pobreza, y para ella.no se trataba de un rasgo de ingenio. En efecto, se le habia propuesto ayudarla en sus dificultades, pero a condicion de que sus hijos permanecieran en una institucion, mientras que ella deseaba volver a recuperarlos. NEs eso trabajar juntos, decidiendo desde el principio que voy a ser perdedora?" 196. LSe puede hablar de garantia de los derechos fundamentales cuando estos se desvanecen en el momento mismo en que el ciudadano se encuentra en peligro de dependencia extrema? La comunicacion con las personas muy pobres y la voluntad de asociarlas a la promocion de los derechos humanos, tanto a nivel de su concepcion como al de su realizacion y al control de su aplicacion, es ya una realizacion del espiritu de los derechos humanos, al igual que, segun se ha visto, la voluntad de conocer los procesos de empobrecimiento y la extrema pobreza. 197. El informe "Extrema pobreza y precaridad economica y social" del Consejo Economico y Social frances es un ejemplo de la realizacion de esta asociacion, puesto que se ha preparado en consulta permanente con las poblaciones interesadas:

a) A nivel de la concencion de los derechos, la realizacion de la asociacion significa que la evaluacion actual de los instrumentos internacionales de derechos economicos, sociales y culturales busca, a todos los niveles, los medios de conocer la experiencia de las poblaciones mss pobres. Ello supondria tambien el estudio de la experiencia de los mss pobres, por ejemplo, en el curso del establecimiento de nuevos espacios economicos, sociales y culturales en el mundo. Veamos un ejemplo de actualidad: en la Europa del Acta Unica, Lcuil podria ser la libertad de circular de los ciudadanos mss pobres si no se comprende que, para ello, se precisa una ensenanza prioritaria de los idiomas extranjeros en los barrios mss pobres de Europa? LY que no se puede excluir de esta libertad a los ciudadanos que reciben ingresos minimos? i) Pues bien, si no se tiene cuidado, toda una region del mundo corre el riesgo de iniciar un nuevo desarrollo haciendo caso omiso de la miseria y, por consiguiente, perpetuandola; ii) Ello podria restablecerse gracias a una asociacion que se ejerciese a traves de todos los grupos de defensores de-los derechos humanos, siempre que estos esten atentos y se dejen alertar por los mss pobres.

b) A nivel de la aplicacion de los derechos economicos, sociales y culturales, tanto en el plano legislativo y reglamentario como en el de la administracion, en que el organismo encargado de aplicar los textos goza de libertad de evaluacion, las actividades de asociacion de los mss pobres podrian seguir varios caminos. Se podria prever, por ejemplo:

c) i) La creacion de una representacion autentica y paciente, de los ciudadanos y de las poblaciones mss pobres; ii) La reunion de las comunidades pobres y no pobres en torno a las personas y las familias amenazadas de exclusion social; iii) La capacitacion del personal que ocupa cargos, a todos los niveles, en materia de dialogo con los ciudadanos mss pobres. Por ultimo, la asociacion a nivel del contro], de la aplicacion de 198.

los derechos economicos, sociales y culturales supone a la vez: el acceso a la justicia para los ciudadanos mss pobres; un aparato judicial independiente y capacitado en materia de asociacion; una representacion politics de las poblaciones mss pobres en los organos legislativos de su comunidad local o nacional, o incluso internacional. La creacion de una asociacion entre los pobres y los no pobres seria una obra de muy larga duracion, que siempre debera recibir un nuevo impulso y ser defendida, pero sin esta asociacion, no puede haber promocion de los derechos economicos, sociales y culturales.

199. Teniendo asi presente el caracter indivisible de los derechos humanos y la necesidad de una asociacion de las personas muy pobres, podemos abordar la cuestion de las obligaciones de los Estados en materia de derechos economicos, sociales y culturales. Aqui no se puede tratar de examinar el conjunto de la justiciabilidad de los derechos economicos, sociales y culturales. Se mencionaran unicamente, por un lado, las propuestas tendientes a dar "contenidos minimos" a los derechos economicos, sociales y culturales y, por el otro, ciertas perspectivas para mejorar el control de la aplicacion de esos derechos, perspectivas que, por otro lado, rebasan el marco de las instituciones nacionales. F. Contenido minimo de los derechos economicos. sociales y culturales 200. En varios paises, particularmente de Europa occidental, se ha creado el derecho "a un nivel de vida que permita una vida con dignidad y a esfuerzos con miras a una reinsercion social". Se han fijado unos minimos vitales en materia de recursos financieros. 201. Fuera de Europa, se ester reflexionando actualmente a fin de extender este concepto. LND cz-il---nndria fijar umbrales de un "minimo vita" en varias esferas: el derecho a un minimo gratuito de consumo de energia, de atencion sanitaria, de habitat... incluso de participacion en la vida cultural?. Por ejemplo, una entrada de cine gratuita cada dos meses, como existe ya en algunos lugares. 202. Cabe sacar algunas reflexiones de las experiencias ya realizadas. Es importante tener claramente presentes los peligros que puede conllevar el concepto de "contenido minimo" cuando lleva a aplicar "derechos minimos". Sin embargo, se van a mencionar igualmente las posibilidades de acceso a los derechos humanos que el Padre Wresinski veia en una "seguridad vital familiar garantizada". 1. Los peligros: existencias reducidas "al minimo"

203. El peligro de la aplicacion de estos niveles minimos es el de aislar en ellos a las personas de que se trata. Ya en los paises donde se han hecho intentos en este sentido, los beneficiarios se sienten "ciudadanos de segunda clase". Tienen la idea de que, por ejemplo, su hoja de enfermedad, que tiene un color diferente, solo les permite un derecho a la salud disminuido; que las viviendas que se les reservan en virtud de ese minimo no ponen fin, en modo alguno, a la segregacion social en el espacio; que los empleos propuestos conilevan trabajos sin perspectivas y, lo que es aun peor, trabajos que les parecen un castigo por ser pobres... Resienten esos "minimos" como nuevas formas de etiquetado. Ademas, y de manera explicita, el beneficiarse de estos minimos conlleva algunas veces restricciones de las libertades y las responsabilidades en la vida familiar y social. 204. En cuanto al nivel minimo de ingresos, que es el derecho minimo mas experimentado en Europa, se otorga segue la capacidad presupuestaria del Estado y siempre sigue mas bien una logica de mantenimiento al minimo que de concesion de los medios para una futura independencia economica. "Esos recursos permiten sobrevivir, no vivir" dicen los beneficiarios. El peligro

consiste tambien en que las personas queden aisladas en una condicion juridica. En esas condiciones, es dificil crear una dinamica en la que los derechos se arrastren unos a otros y den lugar a un adelanto. 205. En resumen, el peligro de los "contenidos minimos" parece realmente ser el de hacer caso omiso, muy pronto, del objetivo de la plena realizacion de la dignidad humana al que, sin embargo, deberian llevar. A su manera, deberian ser la respuesta de la comunidad a la pregunta de los mas pobres de sus miembros "Iquienes somos para ti ... nuestras esperanzas son acaso tus esperanzas... las ambiciones que tienes para tus ninos, tus jovenes, podemos atrevernos a considerarlas tambien para los nuestros?". Entonces, los contenidos minimos podrian ser una oportunidad que permitiese a los mas pobres el acceso al conjunto de los derechos humanos. 206. Si el contenido minimo de los derechos economicos, sociales y culturales se concibiese como un conjunto de derechos fundamentales que cobran efectividad simultaneamente cuando una persona, una familia o un grupo de poblacion se encuentran amenazados por la miseria y la exclusion social, con objeto de lanzarlos nuevamente a una vida social con la cabeza alta, entonces ese "minimo" podria ser un instrumento de promocion de los derechos humanos. Y se hablaria menos del "contenido minimo" de los derechos que de "derechos basicos" que serian unos derechos dinamicos, motores de desarrollo, que pueden ser la base de la lucha contra la miseria, empezando con la seguridad familiar garantizada. 2. Una oportunidad: la seguridad vital familiar garantizada 207. Con el concurso de un grupo de familias interesadas, asi como con los colaboradores sociales y politicos de una ciudad francesa, el Padre Wresinski pudo experimentar lo que, a su juicio, debia ser el medio de una promocion familiar dirigida hacia un futuro con dignidad y participacion, y con una seguridad familiar garantizada 1/. 208. Basandose en la experiencia misma de las familias interesadas, esa expresion se acerca mucho a los del preambulo de la Declaracion Universal de Derechos Humanos que dice "liberados del terror y de la miseria": a) "Seguridad": una vez liberados de la angustia, la seguridad es la tranquilidad fundamental de tener una defensa en todas las esferas esenciales para el ejercicio de la dignidad humana. Es la tranquilidad del espiritu que permite fijar la atencion en nuevos horizontes y, a la larga, lanzarse hacia ellos: la seguridad vital es una condicion para poder participar en el desarrollo aceptando riesgos. b) "Vital": este termino se opone al de "supervivencia". Se acerca al del "derecho a una vida con dignidad", al derecho a llevar una existencia humana tendiente a la realizacion de si mismo. "Vital" es un termino abierto hacia el futuro.

c) "Familiar": para los mas pobres, el exito del plan de vida familiar condiciona el de los planes de vida individual y profesional. Por ello, la seguridad vital debe proteger prioritariamente a la entidad familiar, darle los medios de lograr su plan, con el fin de impedir el fracaso de la vida de sus miembros. d) "Garantia": esta seguridad vital familiar debe estar asegurada por ingresos suficientes y regulares, procedentes de preferencia de un trabajo, pero garantizados cuando este falta. G. Controlar la aplicacion de los derechos economicos. sociales y culturales a nivel nacional e internacional

209. Parece que se abre un amplio campo de accion para mejorar el control de la aplicacion de los derechos economicos, sociales y culturales de tal manera que los ciudadanos mas pobres sepan realmente que se les ha concedido esos derechos. La cuestion de la responsabilidad juridica en materia de derechos economicos, sociales y culturales solo se aborda aqui desde el punto de vista de los medios de control que, a juicio del autor, conviene desarrollar. 210. Se Abordan dos asuntos: el del recurso para los beneficiarios y el de los medios de control sobre el fondo de la cuestion, o sea, la realidad de la aplicacion de los derechos economicos, sociales y culturales. Sobre estos puntos, se presentan algunas reflexiones y se hace eco de algunas sugerencias. 3. Un verdadero recurso para los beneficiarios de los derechos economicos. sociales y culturales 211. Con demasiada frecuencia, y particularmente en los paises industrializados que han reconocido a sus ciudadanos derechos economicos, sociales y culturales, los beneficiarios mas pobres no tienen los derechos civiles necesarios para controlar la aplicacion de los derechos economicos, sociales y culturales. Dichos beneficiarios tienen pocos medios de recurso ante las instancias que aplican los derechos economicos, sociales y culturales. 212. No se pueden estudiar aqui detalladamente las dificultades del derecho de recurso $/. Para los ciudadanos mas pobres, se pueden distinguir obstaculos directos e indirectos: a) Directos, por motivo de la insuficiencia de los instrumentos de derecho que se reservan a los beneficiarios de la asistencia social; b) Indirectos, por motivo de sus condiciones de vida, de la pobreza de la educacion que se les ha impartido y del estado de dependencia que no les permite enfrentarse a otra persona como titulares de derechos. 213. Convendria crear las condiciones de un verdadero recurso para los beneficiarios de los derechos economicos, sociales y culturales. 4. Control sobre el fondo: experimentacion. movilizacion v evaluacion 214. ZNo podria la obligacion de medios que incluyen los instrumentos internacionales en materia de derechos economicos, sociales y culturales dar lugar localmente, en esferas significativas y tratandose de un determinado pals, a experiencias de definicion y de aplicacion comun de algunos derechos economicos, sociales y culturales? Las experiencias podrian dar lugar a evaluaciones en las que estarian asociados los gobiernos, las comunidades y los beneficiarios. Tales experiencias conllevarian la exigencia de contar con una asociacion real de las poblaciones mas pobres. El papel de los organos internacionales podria ser el de apoyar a las comunidades en sus esfuerzos por ilegar realmente a los mas pobres y el de efectuar su participation real, con el fin de que esta asociacion no sea un senuelo, sino que la prioridad otorgada a los mas pobres se convierta en la clave del exito para todos los miembros de la comunidad. Tales experiencias de la realizacion de los derechos economicos, sociales y culturales serian tambien elementos de la realizacion del derecho al desarrollo. 215. Una actividad de evaluacion como la que se ha sugerido mas arriba, bajo los posibles auspicios de un organismo intergubernamental, podria completarse mediante una asociacion entre un parlamento nacional y los beneficiarios mas pobres de los derechos economicos, sociales y culturales. En la representation nacional se podria plantear regularmente a un gobierno la cuestion de la coherencia de la aplicacion de las leyes con el espiritu de promotion de la dignidad humana y, en particular, la conformidad con los principios generales de los derechos economicos, sociales y culturales, y en particular el de la protection de la familia. 216. La puesta en marcha de tal evaluacion y el control comun de la conformidad del ejercicio de los derechos economicos, sociales y culturales con el conjunto de los derechos humanos deberia llevar a que la experiencia de las personas muy pobres sirva a la comunidad nacional e international para definir y garantizar unos derechos economicos, sociales y culturales que sean realmente constitutivos de la dignidad humana. 217. Para concluir estas reflexiones consagradas a la realizacion de los derechos economicos, sociales y culturales, parece conveniente insistir en hasta que punto el respeto de los ciudadanos mas necesitados, en su calidad de sujetos de derecho, es la base de todas las propuestas formuladas. "Si se nos respetara, no se nos dejaria en este estado" dicen las personas que viven en extrema pobreza, resumiendo con ello todo lo que ester en juego en la aplicacion de los derechos economicos, sociales y culturales. 3./ Consulta global sobre el derecho al desarrollo, E/CN.4/1990/9. 2/ Resolucion "Los derechos humanos y la extrema pobreza" de 16 de febrero de 1989 (E/CN.4/1989/10). Resolucion "Los derechos humanos y la extrema pobreza" de 20 de febrero de 1990 (E/CN.4/1990/15). 3/ Un examen en prof undidad sobre los instrumentos de conocimiento se ha llevado a cabo en el informe sobre la extrema pobreza y la precariedad economica y social, presentada en nombre del Consejo Economico y Social frances por el Sr. Wresinski, Journal Officiel de la Republique frangaise, et rappcrts du Conseil eccro^.t'_^__ue et social, anexo 1987, N°°6, 2R de febrero de 1987.

E/CN.4/Sub.2/1990/19 pagina-68-- - A/ Inscripcion grabada en el portico de las Libertades y Derechos del del Trocadero en la miseria, constituye un en Paris: se violan deber sagrado" "Dondequiera que los hombres esten condenados a vivir los derechos humanos. Unirse para haceriob respetar (Padre Joseph Wresinski, 17 de octubre de 1987) ~/ ~/ _7/ E/CN.4/1987/SR.29, parrs. 62 a 72. Ibid. "Un an sans retourner shiner, experimentation d'un revenu familial minimum aaranti", Jean-Pierre Pinet y James Jaboureck, IRFRH - marzo de 1987 cuenta del Conseil General d'Ille et Vilaine, de la d'Allocations Familiales d'Ille et Vilaine, de la Caisse d'Allocations Familiales). (evaluacion ciudad de beneficiandose

realizada Rennes, por de la Caisse de una financiacion $/ Se pueden encontrar elementos sobre este punto en: - Grande pauvrete et precarite economique et sociale (Journal

Officiel, 1987), informe presentado en nombre del Consejo Economico - y Social f rances por el Sr. Josep Wresinski. una evaluacion con las familias menores Umbral de recursos: - favorecidas en la Comunidad Europea, contrato N° 86.617, de 23 de diciembre de 1986, entre la Comision de las Comunidades Europeas y el Movimiento Internacional ATD Cuarto Mundo (junio de 1989) Para una justicia accesible a todos: la mirada de las familias que

viven sobre en extrema pobreza sobre los mecanismos de ayuda juridica y ciertas iniciativas locales, estudio realizado por el Movimiento Internacional ATD Cuarto Mundo para el Consejo de Europa (contrato N° 126/89 de 29 de julio de 1989).



IV. RECOMENDACIONES PRELIMINARES 218. El presente informe sobre la marcha de los trabajos deberia constltuir la base de una investigacion ulterior sobre las cuestiones relacionadas con la realizacion de los derechos economicos, sociales y culturales, segun se preve en el informe preliminar (E/CN.4/Sub.2/1989/19). Sin embargo, teniendo en cuenta que ciertas cuestiones requieren mas estudio antes de que puedan considerarse bajo la forma de un informe sobre la marcha de los trabajos, se propone que se prepare un segundo informe de esta indole para su consideracion por la Subcomision en su 43° periodo de sesiones, que se celebrara en 1991. En dicho informe, se debera prestar particular atencion a las cuestiones de la realizacion de los derechos economicos, sociales y culturales en el contexto del ajuste estructural, del papel de las instituciones financieras internacionales en la realizacion de esos derechos y de la coordinacion de las actividades de los organismos y organos de las Naciones Unidas en relacion con los esfuerzos que se ilevan a cabo en materia de realizacion de los derechos economicos, sociales y culturales. 219. Se deberia alentar al Relator Especial a que continuase sus esfuerzos por establecer contactos directos con las instituciones financieras internacionales, particularmente con el Banco Mundial y el FMI, asi como con los departamentos pertinentes de la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York, incluido el Departamento de Asuntos Economicos y Sociales Internacionales. A ese respecto, se deberia invitar al Secretario General a que prestase toda la asistencia necesaria al Relator Especial con miras al establecimiento de estos contactos. 220. En lo que se refiere a la accion futura en las esferas de que se trata en el presente Subcomision: informe, se hacen las siguientes recomendaciones a la a) La Subcomision deberia invitar a la Comision de Derechos Humanos, en b) su 47° periodo de sesiones, a que estudiase la posibilidad de pedir al Secretario General que organizase un seminario, con arreglo al programa de actividades de derechos humanos de las Naciones Unidas para 1992-1993, en el que se estudiarian los indicadores adecuados para medir los logros en la realizacion progresiva de los derechos economicos, sociales y culturales. Dicho seminario deberia dar la oportunidad de un amplio intercambio de opiniones entre los expertos que tengan los conocimientos tecnicos pertinentes sobre el empleo de los indicadores sociales y economicos y en los diferentes campos, y deberia contribuir al fortalecimiento de la coordinacion a este respecto entre los organos y organismos de las Naciones Unidas. Se invita a la Subcomision a que proponga al Relator Especial las

esferas en las que se consideraria necesario fijar nuevas normas. Ademas de las propuestas presentadas en el informe preliminar y en el presente informe sobre la marcha de los trabajos, la Subcomision. podria estudiar otras posibles esferas para que el Relator Especial se concentre, en su analisis ulterior, en las esferas en las que la fijacion de normas parece mas conveniente.


c) En lo que se refiere a la cuestion de la extrema pobreza, la Subcomision deberia tener presente la peticion formulada par la Comision de Derechos Humanos, en su resolucion 1990/15, de 23 de febrero de 1990, de que "... examine mss a fondo la cuestion de la extrema pobreza y la exclusion social y lleve a cabo un estudio

especifico sabre este tema". A juicio del actual Relator Especial,

ese estudio deberia enfocar la cuestion de la extrema pobreza en sus dimensiones globales y tener en cuenta todos los vinculos entre ese problems y los derechos humanos (a saber, los derechos economicos, sociales y culturales, asi coma los derechos civiles y politicos), segun se reflejan en las experiencias de las personas que vivenn en situaciones de extrema pobreza. Par consiguiente, la Subcomision podria estudiar la posibilidad de designar a uno de sus miembros en calidad de Relator Especial encargado del estudio de eats cuestion.

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